Un plazo de 10 días tendrá la Rama Judicial para estudiar la tutela interpuesta por el Movimiento Independientes contra la Procuraduría General de la Nación y la Presidencia de la República, considerando que vulneraron los derechos de Daniel Quintero al suspenderlo de su cargo.
"La Corte Interamericana de Derechos Humanos se ha pronunciado y ha dicho que para suspender a un alcalde o gobernador electo por mandato popular es necesario surtir un debido proceso y solo un juez de la República podría sacarlo de su cargo, y la Procuraduría no es un ente judicial. Es por esta razón que la CIDH se pronunció y por eso estamos invocando esa Carta Interamericana de DDHH. para que se le devuelvan, en este caso, los derechos políticos a Daniel Quintero" dijo Esteban Restrepo, director del Movimiento Independientes
En cuanto a las medidas cautelares que habían solicitado para que Quintero fuera reintegrado a su cargo, esto decidió el Consejo de Estado:
Revisadas las decisiones objeto de tutela y las razones que aduce el actor para solicitar la suspensión provisional de sus efectos, a juicio del Despacho, las mismas no resultan suficientes para decretar la medida cautelar en comento, pues el actor no allegó prueba alguna tendiente a demostrar la existencia de un perjuicio irremediable o un daño inminente frente a sus derechos, que estima vulnerados, por la suspensión, de manera provisional, del ejercicio del cargo.
El Consejo de Estado también le pidió al concejal del Centro Democrático Simón Molina y al diputado del Polo Luis Peláez presentar, en un plazo máximo de dos días, pruebas que amplíen la demanda que instauraron contra Quintero y que terminó con su suspensión.