Consumir licor y sustancias sicoactivas en espacio público ya no será motivo de sanción, pues en un polémico fallo, la Corte Constitucional tumbó los dos artículos que hacían referencia a esa prohibición planteada en el Código de Policía.
Para el alto tribunal la medida restrictiva era sinónimo de violación del libre desarrollo de la personalidad y por eso los declaró inexequibles, decisión que fue cuestionada por el Presidente Iván Duque y varios alcaldes del país, entre ellos Federico Gutiérrez.
Las normas declaradas inexequibles tenían como argumento que ambos comportamientos afectaban la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas, y que además eran contrarios al cuidado e integridad del espacio público.
En la norma que tumbó la Corte se basaba el Gobierno para el decomiso de las dosis de aprovisionamiento de sustancias psicoactivas que ahora queda en el limbo.
La Corte recordó que hay otros medios que están previstos en el Código de Policía y que permiten proteger la tranquilidad pública, sin afectar los derechos y libertades individuales.