La Diócesis de Sonsón Rionegro, a través del decreto 025, firmado por el obispo Fidel León Cadavid Marín, estableció que los sacramentos del bautizo y matrimonio deberán realizarse principalmente en templos parroquiales autorizados, argumentando la necesidad de garantizar la validez canónica, el adecuado registro eclesiástico y el sentido religioso de las ceremonias.
“Dado que la parroquia es ‘comunidad de comunidades’ y el lugar ordinario donde los fieles viven, celebran y fortalecen su fe, y teniendo presente que el lugar propio para la celebración del sacramento del matrimonio es la parroquia a la que pertenece alguno de los contrayentes (cfr. c. 1115), se establece que los matrimonios deberán celebrarse ordinariamente en los templos parroquiales” se lee en el decreto.
En consecuencia, fueron prohibidas las celebraciones matrimoniales en capillas privadas, fincas, centros sociales o lugares semejantes que no cuenten con autorización expresa del ordinario del lugar.
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La nueva normativa mantuvo permisos especiales únicamente para tres lugares en El Retiro en los que un matrimonio cuesta desde 30 millones de pesos. Decisión que ha generado inconformidad entre fieles.
Para algunos ciudadanos, esto abre cuestionamientos sobre posibles privilegios y desigualdad en la aplicación de la norma.
Especialmente por la comercialización de las bodas religiosas, los costos en alquiler de fincas, decoración, banquetes y producción de eventos, especialmente en municipios turísticos del oriente antioqueño como Rionegro, El Retiro, La Ceja Y Guarne.
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