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Decreto inhabilita discotecas y consumo de alcohol en espacios públicos

Decreto inhabilita discotecas y consumo de alcohol en espacios públicos

El Gobierno Nacional mediante el decreto 1550 del 28 noviembre de 2020, modificó parcialmente el decreto 1168 de agosto de 2020, incluyendo nuevamente entre las actividades no permitidas durante la emergencia sanitaria derivada de la pandemia por covid- 19, las discotecas y lugares de baile, el consumo de bebidas alcohólicas en lugares públicos y establecimientos de comercio, y los eventos públicos y privados que generen aglomeraciones.

Para el Gobierno Nacional el incremento de casos de covid-19 ha sido drástico y denuncia que se han presentado fiestas no autorizadas y aglomeraciones en establecimientos comerciales, por eso a través de un decreto expedido por el Ministerio del Interior y que entra en vigencia desde el 1 de diciembre, ordenó que en ningún municipio del país se podrán habilitar eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, discotecas y lugares de baile y el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio que no estén dentro de los pilotos.

Para Asobares esto reafirma el compromiso del gremio y el gobierno con la salud publica evitando que quienes no hacen parte de las pruebas piloto, ejerzan su actividad arriesgando la salud de las personas.

El decreto también contempla una modificación en el artículo 9 que tiene que ver con el cierre de fronteras durante el mes de diciembre y hasta el 16 de enero.

Según el decreto del Ministerio del Interior, no queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes durante el último mes del año.