Pico y placa Medellín

icon
-
icon
-

Así funciona el pago de incapacidades con una enfermedad común o laboral

Así funciona el pago de incapacidades con una enfermedad común o laboral

Foto cortesía

Hoy en Cuidá tu Bolsillo les contamos cuál es la diferencia en los pagos de las incapacidades cuando una enfermedad es común o de origen laboral y quién deberá responder, si la ARL, la EPS y en qué casos el empleador.

Cuando una enfermedad es de origen laboral, el pago de la incapacidad corresponderá a la ARL. Cuando la eventualidad es de origen común, es decir, cuando el accidente no tuvo relación con la actividad laboral, la incapacidad es cubierta por las entidades promotoras de salud o EPS, aunque de ser menor a tres días, quién le remunerará esos días será directamente su empleador.

En el caso de una enfermedad de origen común, luego de los tres primeros días de incapacidad será la EPS la que cubra, sin embargo, debe tener en cuenta que el pago por la misma no será del 100% de su salario base.

En los primeros 90 días de incapacidad, las entidades promotoras de salud, pagarán el 66% del salario base. Cuando se completen 180 se pagará el 50%. Si usted devenga un salario mínimo, deberán reconocerle el 100%.

En el caso de incapacidad por accidente laboral, la ARL deberá pagarle desde el primer día de la eventualidad el 100% de su salario base.