Fiscalía reactiva órdenes de captura contra 46 cabecillas de grupos armados tras la finalización de los diálogos de paz
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La fiscal general de la Nación, Luz Adriana Camargo Garzón, ordenó la reactivación inmediata de las órdenes de captura contra 46 exmiembros representantes de tres estructuras armadas al margen de la ley. La medida fue oficializada a través de la Resolución No. 0-0263.
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La decisión de la Fiscalía responde directamente a la terminación de las mesas de diálogo con estos grupos, determinada por el Gobierno nacional el pasado 28 de agosto. Debido a este escenario, se revocó la designación de los voceros de las organizaciones, poniendo fin formalmente al beneficio de suspensión penal que protegía a estas personas de ser capturadas.
Las estructuras afectadas y los exmiembros cuyas órdenes de captura vuelven a estar vigentes son:
- Estado Mayor Central (disidencias de las FARC): Entre los 25 exmiembros representantes de este grupo se encuentran Carlos Eduardo García Téllez (alias Andrey), Alexander Díaz Mendoza (alias Calarcá), Javier Alfonso Velosa García (alias Jhon Mechas o Jhon Catatumbo) y Sandra Milena Niño Guerrero.
- Coordinadora Nacional del Ejército Bolivariano: Esta medida afecta a 15 de sus exvoceros, entre los que figuran José Vicente Lesmes (alias Walter Mendoza), Geovanny Andrés Rojas (alias Araña), Luis Andrés Figueroa Marín (alias Popeye) y Allende Perilla Sandoval (alias Allende).
- Autodefensas Conquistadoras de la Sierra Nevada: Se reactivan las órdenes de captura de 6 de sus representantes, entre ellos José Luis Pérez Villanueva (alias Cholo), Loryin Emilio Pertuz Ballestas (alias Sebastián o York) y Orlando Pérez Ortega (alias Patiliso).
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Excepciones y trámite judicial
La resolución emitida por la jefa del ente acusador estipula además que la entidad se abstendrá de reactivar las órdenes de captura de 11 personas que ya se encontraban activas al momento de firmarse el documento. Asimismo, se mantiene pendiente la definición de la situación judicial de dos ciudadanos requeridos bajo trámite de extradición.
El documento oficial ya fue enviado a los organismos de la policía judicial para que procedan con su ejecución inmediata, y la medida empieza a regir desde el mismo momento de su expedición.