El Tribunal Administrativo de Antioquia, le puso ‘taque quieto’ al decreto del Gobierno nacional que pretendía trasladar a más de seis millones de usuarios de las EPS, de los cuales, más de dos millones 600 mil, irán a parar a La Nueva EPS. Dice el auto, que estas intenciones del Gobierno nacional, amenazaban los derechos y los interés colectivos de los usuarios al ser trasladados forzosamente a otras EPS.
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Otra vez la rama judicial de Colombia le puso un pared a la intención del Gobierno nacional de trasladar a seis millones de usuarios del sistema de salud.
Le puso freno a un decreto que generaba la movilización de usuarios entre entidades promotoras. La orden llegó desde el Tribunal Administrativo de Antioquia que decretó una medida cautelar de urgencia contra el decreto 182 de 2026
Víctor Raúl Palacio, fue el demandante de este decreto, dice que la aplicación de esta norma, podría afectar derechos colectivos relacionados con el acceso al servicio de salud.
Esto dijo el demandante: “Impone el traslado y consulta de 2,000,600 afiliados de Sanitas a Nueva EPS que está quebrada, vulnerando de esta manera el artículo de la constitución que tenemos libre escogencia de la EPS y si nos mandan a una EPS y dice el decreto que tenemos dos o seis meses para devolvernos a una EPS qué pasa durante todos esos meses con una enfermedad huérfana”.
Pero, ¿cuáles son los alcances de esta decisión trascendental emitida por el Tribunal Administrativo de Antioquia? Esto dice el demandante: “Los alcances son muchos y nos da pie a seguir porque la lucha continúa en el día de ayer. Hicimos reuniones con muchos pacientes y tomamos una de las medidas principales que es mandar una constancia firmada por cada uno de los pacientes donde no se autoriza la asignación a otras EPS”.
La sentencia también cuestiona la solidez técnica del estudio que sirvió de base para la expedición del decreto. Según la corporación judicial, el documento no explica con claridad los criterios utilizados para establecer umbrales de participación territorial de las EPS ni justifica adecuadamente por qué determinados porcentajes de afiliación serían necesarios para la viabilidad de las entidades en cada nivel territorial.
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