El Sistema Integral de Capacitación Electoral anunció los lineamientos a tener en cuenta por los jurados de votación para dar tratamiento a las personas trans durante la jornada electoral.
Lea también: Más de 300.000 hombres vigilarán jornada electoral en Colombia
De acuerdo con el principio de igualdad y no discriminación, no se deben establecer tratos discriminatorios basados en identidad o expresión de género que restrinjan o vulneren el derecho al voto de las personas trans durante la jornada electoral.
En caso de que no coincida el nombre, foto, sexo y expresión de género, los jurados de votación deberán referirse a las personas trans por su apellido o preguntar cómo le gustaría que las llamaran.
En ninguna circunstancia el jurado de votación puede impedir el ejercicio del derecho al voto a las personas trans, siempre y cuando el ciudadano (a) se encuentre habilitado (a) para votar. Hacerlo es un acto de discriminación y está sujeto a sanciones.
Trato a personas trans en mesas de votación