Ahora los empleados domésticos tendrán derecho a que se les pague la prima de servicios, así lo dice la Ley 1788, del 7 de julio de 2016 que fue sancionada por el Presidente Juan Manuel Santos Calderón.
Esta Ley obliga al empleador a pagar a sus empleados domésticos esta prestación social que corresponde a 30 días de salario por año en dos pagos, mitad máximo el 3o de junio y mitad antes del 20 de diciembre. Este pago deberá ser proporcional al tiempo trabajado.
Es así como choferes de servicio familia, trabajadores por días, trabajadores de fincas, entre otros empleados domésticos se verán favorecidos con la nueva Ley que fue promovida y apoyada en el congreso por Angélica Lozano, Ángela María Robledo, Jorge Eliécer Prieto, Claudia López, Antonio Navarro, Iván Name y Jorge Iván Ospina.