Este miércoles, se conoció una importante decisión de la Corte Constitucional en beneficio de los animales de compañía y es que el alto tribunal determinó que se prohíben los procedimientos de carácter estético a las mascotas.
“Corte Constitucional declara la inexequibilidad de la expresión “estética” contenida en el literal c del artículo 6 de la Ley 84 de 1989, “por la cual se adopta el Estatuto Nacional para la protección de los animales”, pues desconoce el mandato constitucional de protección animal”, se lee en la decisión.
Esto implica de ahora en adelante la prohibición a cortarles las orejas o cola a perros y gatos con motivos estéticos o también la extirpación definitiva de las uñas de los gatos, incluso otro procedimiento que implica la eliminación de cuerdas vocales en los perros, con el fin de bajar el ruido de los ladridos.
Esta es la respuesta a una demanda contra el maltrato animal, presentada este año con apoyo del Ministerio de Ambiente ante la Corte Constitucional.
“Estos actos generan sufrimiento en los animales y pueden afectar la socialización de los individuos tanto con otros de su especie como con los seres humanos”, indicó el fallo.
En el siguiente enlace ▶️ https://t.co/0ZfDirCzwK la ciudadanía puede acceder a los dos fallos que contiene el comunicado oficial 49 de la Sala Plena (7 de noviembre) pic.twitter.com/a7PgVcAZGr
— Corte Constitucional (@CConstitucional) November 13, 2024
No más mutilaciones: prohíben cirugías estéticas a animales
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