El abogado y exmagistrado Carlos Eduardo Castillo González está pidiendo que se mueva el proceso de la denuncia interpuesta contra la magistrada del Tribunal Superior de Bogotá, María Leonor Oviedo Pinto, por no declararse impedida y haber salvado su voto en contra de la absolución del expresidente Álvaro Uribe Vélez, en el fallo de segunda instancia por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.
La denuncia del exmagistrado va en contra de la hoy magistrada, integrante de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, por los presuntos delitos de prevaricato por acción y omisión, tras emitir un salvamento de voto en el caso que absolvió al expresidente Uribe.
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Para la magistrada existían pruebas suficientes para confirmar la condena inicial de 12 años de prisión, y que los argumentos sobre la nulidad de pruebas o la veracidad de testigos habían sido incorrectamente valorados.
“El salvamento de voto de la magistrada Leonor Oviedo Pinto es absolutamente ilegal, y desde el punto de vista disciplinario también debe ser investigada, entonces iniciamos las acciones con la Fiscalía, radicamos la denuncia penal por prevaricato por acción, me podrán de decir que ella no hizo parte de la decisión como tal, ella salvó su voto, no es que en el salvamento de voto también se puede prevaricar”, explicó Carlos Eduardo Oviedo Pinto, exmagistrado y abogado demandante.
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Según el exmagistrado, entre las pruebas claves presentadas a la Fiscalía están publicaciones en redes sociales de la magistrada, refiriéndose a interceptaciones telefónicas al expresidente Uribe.
“Pero hay un hecho puntual, el más grave y es que opinó cuando era fiscal delegada ante Tribunal Superior, respecto del proceso del expresidente Álvaro Uribe, del cual después de varios años ella conoció, eso es gravísimo”, añadió.
La defensa de la magistrada Oviedo argumenta que su salvamento de voto es un ejercicio legítimo del deber judicial de disentir, y que no constituye una falta de imparcialidad sino una diferencia técnica y jurídica respecto de la mayoría. El principio de separación de poderes y la libertad de criterio son el sustento de esta defensa.