Este jueves se conoció la decisión de un juez de negar la acción popular que buscaba frenar la venta de las acciones que tiene EPM en Tigo-Une.
Otras noticias: Estas fueron las reacciones que generó la firma del decreto para convocar a la consulta popular
Según el demandante, el secretario de Hacienda de Medellín no presentó el avalúo preliminar exigido por ley al Concejo dentro de los 60 días siguientes al año 2024, tal y como lo prescribe el artículo 8 de la ley 226 de 1995.
Sin embargo, la justicia determinó que la autorización para la venta de acciones de Tigo aprobada por el Concejo de Medellín en agosto de 2024 es legal y se respetaron todas las etapas que exige la ley.
"Quedó demostrado es que en la actualidad las Empresa Públicas de Medellín se encuentran desarrollando la etapa de construcción del rango de valoración de UNE en conjunto con su banca de inversión BTG Pactual y los diferentes asesores que acompañan la transacción", se lee en la decisión
Vea aquí los detalles de la decisión:
05001333300520240031400_136_Sentencia_202400314Sentenciapd_0_20250612163750480_TAGrabarDetallereserva133942205248868358