Mucha atención motociclistas porque en cuarto y último debate fue aprobado el proyecto de ley que busca igualar las sanciones entre motos y carros, es decir, que estas solo podrán ser inmovilizadas en casos más específicos. Solo falta la sanción presidencial para entrar en vigencia.
El proyecto modifica la Ley 769 de 2002, que establece el Código Nacional de Tránsito, específicamente en los apartados donde se mencionan las sanciones para las motocicletas, con el fin de establecer la igualdad sancionatoria entre estas y los carros.
“Acabar con el negocio que tienen algunos operadores en el país con respecto a los patios y a las grúas. Todas las veces le cobran a la persona de la motocicleta el servicio de grúa como sí la motocicleta fuera sola en esa grúa y resulta que en esa misma grúa van 15 y 20 motos más que montan y a cada persona le cobran como si fuera particular”, explicó Gustavo Moreno, senador y autor de la iniciativa.
Con la Ley 310 de 2023, las motocicletas no serán inmovilizadas por las siguientes infracciones, aunque sí serán sancionadas con la multa correspondiente:
- Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril.
- No detenerse ante una luz roja o amarilla del semáforo, una señal de “Pare”
- Conducir un vehículo sobre vías especiales para vehículos no motorizados.
- Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, y cruces no regulados.
- Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables.
- Cambio del recorrido o trazado de la ruta para vehículos de servicio de transporte público de pasajeros, autorizado por el organismo de tránsito correspondiente.
“Las motocicletas son inmovilizadas cuando la persona no va con SOAT, y si no tiene la tecnicomecánica es inmovilizada automáticamente, o cuando está involucrada en un accidente”, agregó Moreno.
En Colombia, hay más de 11 millones de motocicletas. El proyecto debe pasar por sanción presidencial para que entre en vigencia.
Otras noticias: