Con un decreto firmado por el Presidente de la República y el Ministro de Transporte, las autoridades podrán a partir de este martes contrarrestar la informalidad y la ilegalidad en el servicio de transporte especial en Colombia.
Desde ahora, ningún vehículo particular podrá ser usado para la prestación del servicio público de transporte especial de pasajeros.
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En el caso de ser utilizado para esta función, debe estar afiliado a una empresa debidamente autorizada por el Ministerio de Transporte, y ajustarse a cumplir requisitos como son portar distintivos, placas, y color, entre otros.
Así mismo la empresa de transporte solo podrá prestar el servicio si media un contrato con la organización que represente al grupo de usuarios.