Catorce Empresas Prestadoras de Salud, EPS, tendrán que pagar 16.974 millones 800 mil pesos, luego de que la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, las sancionara por haber acordado la restricción de servicios de salud incluidos en el POS.
En la misma decisión, la SIC multó a la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral, Acemi por haber servido como instrumento de difusión y coordinación, y haber actuado como partícipe de un acuerdo contrario a la libre competencia.
El superintendente José Miguel de la Calle estableció que las 14 EPS agremiadas en Acemi pactaron acuerdos para restringir servicios de salud a usuarios del régimen contributivo.
De acuerdo con la determinación de la Superintendencia de Industria y Comercio, la sanción pecuniaria para cada EPS al igual que para Acemi, asciende a 1.071 millones de pesos, que en total suman 16.974 millones 800 mil pesos.
Además, la SIC sancionó con multas que oscilan entre 69 millones 628 mil pesos y 89 millones 980 mil 800 pesos a los once representantes legales de las 14 EPS sancionadas.
La entidad se remitió al Decreto 1663 de 1994, sobre las conductas consideradas anticompetitivas para los servicios de salud en el país, y que en su Artículo 3 señala: “Están prohibidos todos los acuerdos, actos o convenios, así como las prácticas y las decisiones concertadas que, directa o indirectamente tengan por objeto o como efecto impedir, restringir o falsear el juego de la libre competencia dentro del mercado de los servicios de salud; abusar de una posición de dominio sobre el mismo; o impedir, restringir o interrumpir la prestación de los servicios de salud. Dichas conductas tendrán objeto ilícito”.
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