Para la celebración de la jornada electoral de este domingo, 29 de octubre, la Registraduría designó los jurados de votación, esto se hace mediante un sorteo y el cargo es de forzosa aceptación, por eso, es importante que consulte si fue elegido para esta tarea.
En caso de ser así, usted debió haberse dirigido a las diferentes capacitaciones que dispone la entidad para que pueda cumplir esta labor de forma óptima, además de entender la responsabilidad de dicha tarea.
Las capacitaciones se desarrollaron en colegios o universidades dispuestos por el personal de la Registraduría de acuerdo a cada municipio, allí las personas, independiente de ser la primera vez que son elegidos o haber sido antes jurados de votación, deben de atender las disposiciones que hay sobre temas como funciones de los jurados, diligenciamiento de formularios y formas de hacer el conteo.
Pero, en caso de no haber podido asistir a dichas jornadas, tenga en cuenta esta información importante para llevar a cabo esta tarea.
El único documento permitido para que el ciudadano que se acerca a su mesa pueda ejercer el derecho al voto es la cédula, ya sea física o digital. Si en su lugar de votación hay identificación biométrica, el votante debe de llegar con un certificado indicando que ya hizo ese paso a la entrada del lugar.
Si un jurado se equivoca al momento de votar, usted puede cambiarle la tarjeta electoral, tenga en cuenta que habrá una bolsa específica para material sobrante, allí podrá echar la tarjeta con el error y le puede dar una nueva al ciudadano para que haga su respectivo voto.
Recuerde que las personas mayores de 80 años o con dolencias físicas que les impida valerse por sí mismas, pueden tener acompañantes, ni usted como jurado ni la Policía puede reemplazar la labor del acompañante.
Para los ciudadanos que tengan una discapacidad visual habrá tarjetones en braille, además de haber un cubículo con disposiciones especiales para personas con otro tipo de características como movilidad reducida o personas de talla baja.
Los jurados de votación pueden ejercer su derecho al voto, en ese caso lo deben de hacer en la mesa donde están ejerciendo su función.
Las personas que fueron elegidas para dicha labor deben de estar en los respectivos lugares de votación a las 7:30 a.m., además de que, tiene derecho a un día compensatorio en su respectivo trabajo. Recuerde que en caso de haber sido designado y no presentarse puede ser sancionado con una multa de hasta 10 salarios mínimos legales vigentes, además de ser destituido de su cargo, en caso de ser funcionario público.
La Registraduría dispuso en sus redes sociales un video en donde se puede informar sobre las formas de diligenciar los formularios y otros detalles que debe tener en cuenta para que no la vaya a embarrar.