Juan Sebastián Valencia, joven estudiante y deportista de Medellín, fue designado como jurado de votación para las elecciones del próximo 8 de marzo, pese a presentar una discapacidad visual que, según la normatividad electoral vigente, constituye una causal de exoneración.
La situación ha generado cuestionamientos sobre la correcta aplicación de la ley en el proceso mediante el cual se seleccionan los jurados de votación. La designación tomó por sorpresa a Juan Sebastián, ya que el artículo 108 del Código Electoral establece que las personas con discapacidad pueden quedar exoneradas de esta obligación, siempre que presenten una certificación médica expedida bajo la gravedad de juramento.
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De acuerdo con el joven, aunque realizó la solicitud formal de exoneración y entregó el certificado médico correspondiente, hasta el momento no ha recibido una respuesta clara por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
El mismo artículo del Código Electoral contempla otras causales de exoneración, entre ellas no residir en el lugar donde se fue designado, ser menor de edad, haber votado en otro municipio o padecer una enfermedad grave debidamente certificada.
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Cabe recordar que no asistir como jurado de votación puede acarrear sanciones para los ciudadanos que no son servidores públicos, entre ellas una multa de hasta diez salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Desde Noticias Telemedellín se intentó establecer contacto con la Registraduría para conocer su posición frente a este caso; sin embargo, hasta el cierre de esta nota no se obtuvo respuesta por parte de la entidad.