El Gobierno Nacional dio a conocer el listado fijo de productos de primera necesidad para garantizar su abastecimiento en todo el país. Está conformado por 26 elementos que hacen parte de la canasta básica, medicamentos esenciales y dispositivos médicos.
El Gobierno de Colombia por medio de algunos ministerios fijaron, a través de la Resolución 078 del 7 de abril de 2020, el listado de 26 productos de primera necesidad que serán objeto de seguimiento y control por parte del Departamento Administrativo Nacional de Estadística y la Superintendencia de Industria y Comercio. Así se pretende evitar la especulación de precios y prevenir las conductas de acaparamiento que puedan presentarse durante el período de Emergencia por la COVID-19.
Los siguientes productos serán objeto de seguimiento y control:
Dispositivos médicos:
Mascarilla quirúrgica convencional, mascarilla quirúrgica de alta eficiencia N95, guantes para examen, no estériles, cosméticos, solución o gel desinfectante a base de alcohol.
Medicamentos:
Acetaminofén ibuprofeno, naproxeno, azitromicina, amoxicilina, cloroquina, hidroxicloroquina, lopinavir e ivermectina.
Alimentos y bebidas no alcohólicas:
Arroz, leche larga vida, azúcar refinada, queso, aceite de girasol, arveja verde, cebolla cabezona, cebolla en rama, papa negra, papa criolla, huevo, naranja, artículos de aseo personal o de mantenimiento y limpieza y jabón de tocador en barra.
La resolución establece que el listado de productos esenciales podrá actualizarse en cualquier momento y de acuerdo con las necesidades que se identifiquen en el mercado, con el propósito de garantizar el bienestar de los colombianos.