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Flexibilizan medidas de ingreso para los centros comerciales

Flexibilizan medidas de ingreso para los centros comerciales

Hoy fue compartido de manera oficial el Decreto 0780 de 2020, que reemplaza el Decreto 596 de este mismo año y con el que se flexibilizan algunas medidas para la operación de centros comerciales y comercios independientes.

Con este nuevo Decreto se determina especialmente un cambio en el control de registro de ingreso, en el que se suprime el requisito de inscripción en aplicaciones como CoronApp y demás software de recopilación de información personal y lectura de cédulas, estableciendo que no se llevará control de datos durante el ingreso o salida de los clientes en zonas comunes ni en los locales, pero sí se verificará que cumplan con el día de pico y cédula, se regulará el aforo.

El decreto también contempla que el comercio tendrá horarios diferenciados de apertura y cierre, con la finalidad de no congestionar el transporte público, por ello ambos horarios deben ser por fuera de las horas pico, estableciendo como hora de apertura entre la 6:00 am y las 10:00 a.m. y de cierre entre las 7:00 p.m. y las 10:00 p.m., no obstante, podrán desarrollar la actividad comercial a domicilio y/o a través de plataforma electrónica hasta las 02: 00 a.m. a puerta cerrada.

según La nueva medida no se prestará atención en los comercios y centros comerciales, a las personas que visiten los establecimientos sin tapabocas o que se nieguen a la desinfección y toma de temperatura. Solo podrán aperturar los establecimientos que estén registrados en Medellín Me Cuida empresas y que cuenten con la aprobación de protocolos de bioseguridad y que materialmente los cumplan. La vigilancia del cumplimiento será conjunta entre la administración del centro comercial y la Secretaría de Salud de Medellín.