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Estado colombiano condenado por la muerte de un carcelero de Pablo Escobar

Estado colombiano condenado por la muerte de un carcelero de Pablo Escobar

Bogotá, 1 feb (EFE).- El Consejo de Estado condenó hoy al Estado colombiano a pagar 809 millones de pesos (casi medio millón de dólares) a los familiares de un guardia que murió durante la toma de la cárcel La Catedral, donde estaba recluido el narcotraficante Pablo Escobar.

Miembros del Comando Especial de las Fuerzas Militares tomaron al asalto ese centro en junio de 1992 para hacerse con el control externo e interno del presidio, decisión que se tomó tras salir a luz la escandalosa vida que llevaba el capo en su interior.

Escobar desde esa prisión seguía manejando el negocio de la droga, ordenaba asesinatos, que se llevaban a cabo incluso en su interior, y celebraba fiestas con abundancia de alcohol, drogas y mujeres junto a sus lugartenientes, algunos de ellos también cautivos en La Catedral.

Durante el operativo, por el que se buscó retomar el control del presidio, murió el sargento Olmedo Mina, quien estaba al servicio de la Dirección General de Prisiones, y otros 11 guardianes resultaron heridos.

En consecuencia, los familiares del sargento fallecido y los heridos demandaron al Estado, pero, en primera instancia, el Tribunal Administrativo de Antioquia negó las súplicas.

Ahora la Sección Tercera del Consejo de Estado constató que la misión del Ejército durante la toma nunca fue clara y los guardianes de esa prisión, que había sido construida sólo para Pablo Escobar durante el Gobierno de César Gaviria (1990-1994), no fueron informados de la orden de asalto impartida por el Gobierno.

"Resulta enjuiciable la ligereza de los mandos militares, encabezados por el general Manuel Murillo (entonces comandante de las Fuerzas Militares), que, aplicada a la intercomunicación de mandos, provocó un estado de desinformación entre los mismos, determinante a la postre de las decisiones improvisadas que enmarcaron la vergüenza nacional del episodio", asegura el fallo.

El Consejo de Estado advirtió además que sería un error afirmar que un guardia de prisiones, en virtud de sus funciones, debe soportar un ataque externo, aún por parte de las autoridades militares del Estado, incluso si se tratara de un operativo en el que estaba en juego la seguridad nacional.

La muerte del sargento Olmedo Mina "se produjo en circunstancias excepcionales, sometido a un riesgo que no debió asumir por encontrarse más allá de sus funciones que giran en torno a garantizar la reclusión de las personas privadas de la libertad y a prestar seguridad a las mismas", concluyó el fallo de condena al Estado colombiano.