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¿Está obligado a encender la cámara en reuniones laborales?

Según un reciente estudio entregado por la Universidad del Rosario la exigencia de encender la cámara, en el marco del trabajo en casa, sin que exista un fin, podría ser considerado acoso laboral. Hablamos con un abogado laboral para profundizar en el tema.

Para el Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, si no existe una finalidad determinada y justificada para que se obligue al encendido de la cámara durante la modalidad de trabajo en casa, se podría constituir un acoso laboral. Sin embargo, los expertos aseguran que para determinar esta conducta se deberán cumplir algunas condiciones.

De esta forma las empresas deberían velar porque los trabajadores den su consentimiento para encender la cámara, sus datos sean tratados de acuerdo con la ley y tengan claro en qué circunstancias específicas se espera que lo hagan.

Precisamente, la iniciativa del Congreso de la República, busca establecer las normas que deben cumplir las personas que trabajan de manera remota en el país como flexibilidad horaria, alternancia, derecho a la desconexión, entre otros. Antes de la crisis sanitaria había 122.000 colombianos laborando desde sus hogares, mientras que luego de la llegada del covid-19, la cifra pasó a 4 millones.