Pico y placa Medellín

icon
-
icon
-

Esta es la norma para usuarios de bicicletas eléctricas, ciclomotores y vehículos con pedaleo asistido

Tras agotarse el plazo de 6 meses para que los usuarios de este tipo de vehículos se ajustaran a la norma, desde ayer quienes tengan bicicletas eléctricas, ciclomotores o cualquier tipo de vehículo con sistema de pedaleo asistido, deben portar SOAT, Tecnomecánica y licencia de conducción para poder circular por las vías del país.

El pasado 2 de febrero, el Ministerio de Transporte expidió la resolución 160 que exige a los usuarios de bicicletas eléctricas portar estos papeles. Se había brindado un plazo de 6 meses para que los usuarios de ajustaran a esta norma y tras el vencimiento de este plazo, desde este miércoles se sanciona en el país el incumplimiento de estos requisitos.

El gerente de movilidad humana explicó que esta nueva reglamentación también cobija a los motocarros con capacidad para 3 pasajeros o una tonelada de carga, prohíbe además que bicicletas eléctricas circulen por las ciclo rutas o zonas destinadas para peatones y bicicletas.

La resolución exige también que estos vehículos eléctricos se registren en el RUNT y solo están exentas, las bicicletas eléctricas de pedaleo asistido que no supere velocidades de 6 kilómetros por hora o que hayan sido compradas antes del 2 de febrero de este año.

Estas nuevas obligaciones rigen para cualquier vehículo automotor de 2 o tres ruedas con capacidad para el conductor y un acompañante.