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Empresas deberán presentar el protocolo de bioseguridad COVID-19 para entra en funcionamiento

Empresas deberán presentar el protocolo de bioseguridad COVID-19 para entra en funcionamiento

El principal requisito para la reapertura de los establecimientos comerciales es la elaboración de un protocolo de bioseguridad exclusivo para COVID – 19. Este es un documento que será aprobado por los entes gubernamentales siempre y cuando cumpla con lineamientos y normas de seguridad higiénica que eviten la propagación del virus.

Esta es la resolución 666 del 2020 emitida por el Ministerio de Salud. La circular define las bases para la elaboración del protocolo de bioseguridad COVID – 19 que cada empresa deberá elaborar si desea reabrir y ofrecer sus servicios al público.

El documento debe contener normas y lineamientos con los que se comprometen las empresas para garantizar la seguridad higiénica dentro de los establecimientos. La elaboración del mismo debe realizarse con el acompañamiento de la ARL o en su defecto por un asesor en salud ocupacional.

El protocolo de bioseguridad COVID – 19 es un documento específico para cada empresa según la actividad que desempeñe. Allí se caracteriza el riesgo de cada empleado.

Más de 11 mil protocolos de bioseguridad específicos para COVID – 19 han sido rechazados por parte de la Alcaldía de Medellín.