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¿Debe declarar renta? Estos son los documentos que debe tener presente

¿Debe declarar renta? Estos son los documentos que debe tener presente

La Dian sacó las fechas en que las personas naturales deben enviar su declaración de renta, teniendo en cuenta los 2 últimos dígitos de la cédula (consulte el listado completo aquí). Le contamos cuáles son los documentos que debe tener a la mano para realizar esta diligencia.

Muchas personas van a realizar el trámite de declaración de renta por primera vez, y aunque cualquiera puede hacerlo, lo más recomendable es que se usen los servicios de un contador de confianza o plataformas como Tributi, debido a la complejidad de los documentos y los formularios que deben tenerse en cuenta para hacer bien el proceso.

Por esta razón, aquí le contamos cuáles son los documentos, según la Dian, que debe tener en cuenta a la hora de realizar este trámite.

Para declarar la renta se requiere:

  1. Una copia actualizada del certificado de inscripción en el Registro Único Tributario (RUT).
  2. La declaración o estado de cuenta del impuesto predial de los bienes inmuebles.
  3. Facturas de compra en caso de haber adquirido vehículos.
  4. Certificados de ingresos y retenciones por pagos laborales.

Con firma electrónica:

  • Imprimir dos copias del formulario de la declaración de renta y fírmala. Además de necesitar dos copias del RUT.
  • Ir al banco del que sean cliente y entregar al funcionario una copia de la declaración de renta y del RUT.
  • Sí, les corresponde pagar impuesto, hacerlo de forma presencial.
  • El banco le pondrá el sello de recibido en una de las copias, la que deberán conservar.

Sin firma electrónica:

  • Ingresar con el usuario y contraseña al portal web de la DIAN
  • Elegir la opción “Diligenciar y Presentar Formulario 210” y transcribir el formulario de la declaración de renta.
  • Seleccionar la opción firmar y luego la opción presentar.
  • Si deben pagar impuesto, pueden hacerlo de forma virtual.
  • La DIAN confirmará haber recibido la información, un sello con el logo de la DIAN, fecha y hora de la presentación de la declaración.

Documentos para determinar el patrimonio:

  1.  Certificados o extractos de los saldos de las cuentas de ahorro y corrientes
  2. Certificados de las inversiones emitidos por las entidades donde se constituyó la inversión, por ejemplo: CDT, bonos, derechos fiduciarios, inversiones obligatorias, entre otras.
  3. Escrituras de adquisición de los bienes inmuebles y/o certificados de instrumentos públicos.
  4. Declaración o estado de cuenta de impuesto de vehículos.
  5. Relación de los muebles, enseres, maquinaria y equipo, por su valor de adquisición, más adiciones y mejoras.
  6. Certificado de avalúo técnico de los bienes incorporales tales como good will, derechos de autor, propiedad industrial, literaria, artística, científica y otros.
  7. Letras, pagarés y demás documentos que respalden cuentas por cobrar y obligaciones o deudas.

Documentos de soporte de deducción: 

  1. Certificado de pagos de intereses por préstamos para adquisición de vivienda.
  2. Certificados por pagos de salud y educación.
  3. Certificados por inversiones en nuevas plantaciones de riegos, pozos, silos, centros de reclusión, mantenimiento y conservaciones de obras audiovisuales, en librerías, proyectos cinematográficos y otros.
  4.  Certificados por donaciones a la Nación, departamentos, municipios, distritos, territorios indígenas y otros.
  5. Relación de facturas de gastos, indicando el valor total.
  6. Relación de los pagos efectuados a sus empleados por sueldos, bonificaciones, vacaciones, cesantías y otros.
  7. Certificado de pagos realizados por aportes a las cajas de compensación, ICBF, EPS, ARP, Fondos de pensiones y otros.
  8. Pagos de impuesto predial e Industria y Comercio.
  9. Certificados de las donaciones e inversiones que haya efectuado durante el año.

Documentos de soporte de ingresos:

  1. Certificado de ingresos y retenciones laborales.
  2. Certificado de Ingreso promedio de los últimos 6 meses anteriores a la fecha del pago de las cesantías e intereses sobre las mismas.
  3. Certificado de salario básico, siempre y cuando haya tenido la calidad de oficial o suboficial de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional o agente de la Policía Nacional.
  4. Certificado de las primas, bonificaciones, horas extras y demás complementos salariales, siempre y cuando sea ciudadano colombiano y que integre las reservas oficiales de primera y segunda clase de la Fuerza Aérea, mientras ejerza la actividad de piloto.
  5. Certificado de indemnizaciones por accidentes de trabajo o de enfermedad, maternidad, gastos de entierro del trabajador, seguro por muerte y compensaciones por muerte de miembros de las Fuerzas Militares y Policía Nacional.
  6. Certificado por prima de localización de vivienda (pactada con anterioridad a 31 de julio de 1995).
  7. Certificado de la prima especial y la prima de costo de vida de que trata el Decreto 3357 de 2009 para los servidores públicos, diplomáticos, consulares y administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
  8. Certificado de indemnizaciones sustitutivas de pensión o devoluciones de saldos de ahorro.
  9. Certificados de Ingresos por concepto de honorarios, comisiones y servicios.
  10. Certificados de los rendimientos financieros pagados durante el año, expedidos por las entidades correspondientes.
  11. Certificado de pago de recompensas.
  12. Certificado de dividendos y participaciones recibidos durante el año, expedidos por las sociedades de las cuales es socio o accionista.
  13. Certificados de pagos de indemnizaciones por destrucción y renovación de cultivos y por control de plagas.
  14. Certificados de ingresos recibidos durante el año por concepto de utilidades repartidas por sociedades liquidadas.
  15. Certificados de ingresos recibidos por concepto Incentivo a la Capitalización Rural, ICR o AIS.
  16. Certificados de pagos por concepto de alimentación, efectuados por su empleador.
  17. Certificado por incentivo forestal.
  18. Certificados o autorizaciones para la prestación de servicios de ecoturismo expedido por las autoridades competentes.
  19. Certificados de pago de indemnizaciones por seguros de vida.
  20. Certificados expedidos por las autoridades competentes que respalden exenciones para extranjeros contempladas en tratados o convenios internacionales.
  21. Certificados de dividendos y participaciones recibidos del año anterior.

Lea además: ¿Le debe a la DIAN? Vence el plazo para pagar con rebaja de intereses

Los plazos para la declaración y pago del impuesto de renta para las personas naturales son entre el 9 de agosto y el 19 de octubre de 2023, según los dos últimos dígitos del Nit.

Recuerde que no realizar el trámite podría ocasionarle sanciones y multas económicas.

Estos son los papeles que necesita un contador para hacer su declaración de renta