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¡Tenga en cuenta! Esto puede pasarle si fue designado jurado de votación y no asiste

¡Tenga en cuenta! Esto puede pasarle si fue designado jurado de votación y no asiste

Este 29 de octubre se celebra en todo el territorio nacional las elecciones regionales, allí los colombianos escogerán a sus alcaldes, gobernadores, concejales, diputados y ediles quienes ejercerán su mandato desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2027.

Para que estas elecciones se puedan llevar a cabo, uno de los roles fundamentales son los jurados de votación, los cuales son los encargados de custodiar lar urnas, entregar certificados a los sufragantes y hacer el conteo de los votos finalizada la jornada.

Estas personas son designadas por sorteo y el cargo es de “forzosa aceptación”, esto de acuerdo al Decreto Ley 2241 de 1986, por tal motivo, las personas que fueron escogidas para dicha labor y no asistan se enfrentan a algunas sanciones.

Las personas que no asistan a ejercer sus funciones como jurados de votación deberán pagar una multa de hasta 10 salarios mínimos legales vigentes, es decir, 11’600.000 pesos, además de ser destituido del cargo en caso de ser un funcionario público.

Estas sanciones sólo se aplican si usted se ausenta y no tiene una justa causa, las cuales son grave enfermedad de la persona designada como jurado o del cónyuge, madre, padre, o hijo, la muerte de alguna de estas personas el mismo día de las elecciones o tres días antes, no ser residente en el lugar donde fue designado y, haberse inscrito y votar en otro municipio.

Recuerde que en la página de la Registraduría usted puede consultar si fue designado como jurado de votación.

¡Tenga en cuenta! Esto puede pasarle si fue designado jurado de votación y no asiste

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