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Decreto permite la terminación unilateral de contratos de arrendamiento

Decreto permite la terminación unilateral de contratos de arrendamiento

A propósito del decreto expedido por el Gobierno Nacional con el que permite que los arrendatarios de locales comerciales que estén afectados por la contingencia puedan proceder a la cancelación unilateral de sus contratos, gremios de empresarios señalaron que esta medida puede ser un alivio, aunque, consideran que se puede llegar a nuevos acuerdos.

De acuerdo con el decreto 797 del 4 de junio de 2020, los comerciantes que estén al día en el pago de sus cánones de arrendamiento podrán terminar de manera unilateral sus contratos.

Esta medida busca brindar un alivio económico a los empresarios que han entrado en crisis debido a la contingencia.

La norma es aplicable a los establecimientos que lleven más de dos meses sin percibir ingresos o en un bajo porcentaje, y que a la fecha permanecen cerrados.

A pesar de que esta medida puede ser un alivio, comerciantes, insisten que se pueden llegar a acuerdos para proteger el patrimonio de los empresarios de distintos sectores como bares, discotecas, Spas, alejamientos de servicios de comidas, servicios religiosos, entre otros.

Para que el arrendatario pueda hacer efectiva la terminación del arriendo debe estar al día con sus pagos y deberá cancelar el valor correspondiente a un tercio de la cláusula penal pactada en el contrato, de no existir esta cláusula, el valor correspondiente a un mes de arriendo.