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14 enero, 2026 Colombia

¿Cuánto debe ser el alza en las cuotas de administración entre aumento del salario mínimo y el IPC?

Noticia por: Noticias Telemedellín

En el modelo de propiedad horizontal, explican los expertos, las cuotas de administración se calculan con base en el  presupuesto que la asamblea de la copropiedad apruebe, lo que hace que la cuota de administración aumente dependiendo de los gastos operativos y técnicos de cada edificio o unidad residencial, sin embargo, el aumento del salario mínimo comienza a sentirse en este pago cuando servicios como los del personal de vigilancia, aseo  y otros proveedores aumentan sus costos con base en el salario, lo que obliga al ajuste del presupuesto, por ende, a la cuota de administración. 

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Por consiguiente, las empresas deben replantear sus presupuestos y sus cotizaciones y ese sí es un aumento que es automático para las copropiedades. De ahí es donde se comienza a dar ese desfase en los costos de enero”, indicó Alfonso Álvarez, CEO Asurbe.

El aumento en todos los gastos asociados al mínimo sí plantea un aumento para el presupuesto de la copropiedad. Lo que puede derivar en que en aras de reducir costos para regular la cuota de la administración, se determina prescindir de algunos servicios, por ejemplo: la vigilancia. 

En propiedad horizontal, este tema de las cuotas de administración es muy sensible y por lo general se busca recortar al máximo su incremento, que se pague lo menos posible”, agregó Álvarez.

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Fedelonjas, en días anteriores, ya había advertido de su preocupación por cuenta del incremento del salario mínimo, pues señalan que estos aumentos pueden afectar al 60 % de las familias en ciudades principales e intermedias en todos los estratos. 

“La mayoría de las propiedades horizontales ajustan estas cuotas con base en el salario mínimo, dado que los servicios de vigilancia y aseo, que pueden representar entre el 60 % y 70 % del presupuesto de una copropiedad, se incrementan con este valor”. 

Para el ajuste de la cuota de administración este debe darse cuando la asamblea apruebe el presupuesto. No necesariamente se da en el mes de enero, salvo si así lo establece el reglamento. En caso de darse un incremento en el primer mes del año y se aprueba luego otro presupuesto, la cuota podría bajar o incrementar dependiente de las necesidades financieras de la copropiedad.