Pico y placa Medellín

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¿Cuáles son las excepciones para el toque de queda?

Siempre y cuando rija el pico y cédula los ciudadanos podrán desplazarse hasta las cadenas de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte y  comercialización de medicamentos, así como de productos de la canasta familiar, exentas en el decreto 0042 del 2021, del toque de queda continuo.

  • Servicios domiciliarios propios y por plataformas electrónicas.
  • Las personas que se desplacen única y exclusivamente para abastecerse de bienes de primera necesidad.
  • Las personas que deban desplazarse como consecuencia de viajes previamente programados.

También estarán por fuera de la restricción los ciudadanos dedicados al cuidado de menores y personas mayores de 70 años, durante las 57 horas del toque de queda continuo. El decreto también contempla excepciones para:

  • Los servicios funerarios, entierros y cremaciones.
  • Las misiones médicas, así mismo el personal de las diferentes áreas de la salud que sean necesarias para adelantar actividades de salud pública y de salud en general.
  • El servicio de limpieza y aseo, incluido el doméstico
  • Las actividades del sector construcción, ejecución de obras civiles y remodelación de inmuebles.

La  comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos, incluyendo hoteles, podrá realizarse de forma virtual y, en el caso de las mascotas, solo un integrante de la familia podrá pasearlas. De igual forma hay autorización para la práctica de la actividad física al aire libre, máximo, por un periodo de dos horas.

  • Actividades profesionales deportivas.
  • Las actividades necesarias para garantizar la operación, mantenimiento y abastecimiento de la prestación de los servicios públicos.
  • La prestación de servicios bancarios, financieros y los servicios postales.

El decreto también exceptúa a  medios de comunicación, empresas de vigilancia y personas que presenten una emergencia. Para mayor información visite www.medellin.gov.co.