Dos de las normas establecidas por el Código de Policía, que estaban entre las principales causantes de sanciones en Colombia, acaban de ser tumbadas por la Corte Constitucional.
Por considerarlos como una violación al libre desarrollo a la personalidad, la Corte Constitucional tumbó los artículos del Código de Policía que prohibían consumir bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas en el espacio público.
Las normas tenían como argumento que ambos comportamientos afectaban la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas, y que además eran contrarios al cuidado e integridad del espacio público, sin embargo, otra cosa consideró la Corte que los declaró inexequibles.
Para la Corte Constitucional la función del Código de Policía es proteger la convivencia y por lo tanto no significa que consumir alguna de esas sustancias pueda necesariamente generar una alteración del orden público, además, el alto tribunal recordó que de presentarse una afectación a la convivencia la autoridad sí puede intervenir.
En la norma que acaba de tumbar la Corte se había basado el Gobierno para emitir el decreto que otorga facultades a la Policía para decomisar la dosis mínima de sustancias psicoactivas.