Una nueva norma elimina la obligación de cambiar el pasaporte al cumplir siete años o alcanzar la mayoría de edad.
A partir del 13 de diciembre de 2024, los menores de edad en Colombia no tendrán que actualizar su pasaporte cuando tramiten su tarjeta de identidad o al alcanzar la mayoría de edad. Esto gracias a la Resolución 12880 del 12 de diciembre de 2024, emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores. La norma modifica el artículo 15 de la Resolución 6888 de 2021, eliminando la exigencia de actualizar el documento de viaje en estas etapas, algo que antes se requería debido al cambio de número de identificación.
¿Por qué se elimina esta obligación?
Desde la implementación en 2004 del Número Único de Identificación Personal (NUIP) por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil, los menores de edad reciben un número único al ser registrados, que se mantiene para la tarjeta de identidad y la cédula de ciudadanía. Este sistema permite que no sea necesario cambiar el número en los documentos de viaje, eliminando así la necesidad de actualizar el pasaporte en estos casos.
La modificación es parte del nuevo modelo de expedición de pasaportes, que busca simplificar y agilizar el acceso a este documento. La ciudadanía podrá continuar realizando el trámite en las sedes de Pasaportes de la Cancillería, los seis CADES y SuperCADES en Bogotá, así como en las oficinas habilitadas en las gobernaciones del país. Además, quienes hayan tramitado su pasaporte después de noviembre de 2017, podrán solicitarlo nuevamente en línea a través del portal oficial: www.cancilleria.gov.co.
Esta medida representa un avance significativo en la optimización de los trámites administrativos, beneficiando a las familias y garantizando un proceso más ágil y sencillo para la ciudadanía.