Extesorero de Bomberos Itagüí fue sentenciado por escándalo de corrupción del AMVA en la administración de Daniel Quintero
Noticia por: Duván Vásquezauto_awesome Resumir con IA expand_more
Luego de la investigación de la Fiscalía y más de 666 hallazgos aportados por la alcaldía de Federico Gutiérrez, el juez 28 penal de conocimiento sentenció al primer implicado en el entramado de corrupción en la pasada administración del Área Metropolitana y la alcaldía de Daniel Quintero.
Se trata de Juan Alberto Cardona, extesorero de los Bomberos de Itagüí de 61 años. El togado leyó la sentencia que lo condenó por ser cómplice de falsificar 15 facturas de cobro y documentos para desfalcar recursos públicos girados por el Área Metropolitana en el millonario contrato con el cuerpo bomberil.
El juez del caso expresó: "Declarar la responsabilidad penal del ciudadano Juan Alberto Cardona Henao como autor del concurso, de delitos de falsedad, en documento privado en 15 oportunidades, artículos 31 y obvio 289 del Código Penal”.
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Entre los hallazgos se determinó que recibió efectivo en fajos de 50 millones de pesos que retiraron los conductores del organismo de rescate.
El juzgado lo condenó a 19 meses de prisión e inhabilidad por el mismo tiempo para ejercer cargos públicos y su licencia como contador público, debido a un preacuerdo avalado entre el sentenciado y la Fiscalía. La pena no será en la cárcel, pero deberá reportarse a firmar periódicamente ante la justicia y pagar una caución. El sentenciado ya había pedido perdón por sus actos de corrupción.
“Quiero expresar, sinceramente mis disculpas por los hechos relacionados con los documentos en cuestión, reconozco que lo ocurrido fue una actuación equivocada de mi parte”, había expresado Cardona el pasado 24 de julio.
La sentencia del juez fue: "En consecuencia, atendiendo a los términos de preacuerdo celebrado por las partes se condena a Juan Alberto Cardona Henao, a la pena principal de 19 meses de prisión. Accesoriamente se le impone al sentenciado la inhabilitación en el ejercicio de derechos en funciones públicas por un tiempo igual al de la pena principal.Tercero, se le impone el sentenciado la pena dispuesta en el artículo 46 del código penal de inhabilitación para el ejercicio de la profesión como contador público por el mismo término de la pena principal”.
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Otras cuatro personas tienen principios de oportunidad y avanzan al juicio mientras colaboran con la justicia por el entramado de corrupción en la pasada administración.
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