Como gerente general de la EDU, Wilder Wiler Echavarría Arango, se presume que habría incurrido en falta disciplinaria al intervenir en la actividad contractual desconociendo principios de planeación, economía y responsabilidad para la ejecución del proyecto vial Carabobo Norte, razón por la cual se le formularon cargos.
Yenny Teresita Serna, Personera Delegada para la Vigilancia Administrativa de la Personería de Medellín, señala: “La conducta objeto de reproche se materializó con suscripción y perfeccionamiento de ampliación a un contrato de obra pública en junio de 2022”.
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Con esa decisión de Echavarría Arango se prorrogó el plazo de ejecución y se comprometieron recursos adicionales de la entidad, con desconocimiento del deber de planeación que consagra el artículo 17 del manual de contratación de la Empresa de Desarrollo Urbano.
En el caso de Margarita Contreras Ospina, exsubgerente de ejecución de proyectos de esa entidad, habría incurrido en falta disciplinaria al otorgar aval funcional al mismo contrato, aunque no estaban acreditadas las condiciones técnicas, prediales y ambientales para garantizar la ejecución del tramo 1b del proyecto vial Carabobo Norte.
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