ABC de la reforma pensional: conozca los puntos destacados y lo que sigue

En la plenaria del Senado de la República se aprobó en segundo debate el proyecto de la reforma pensional impulsado por el Gobierno nacional. Quedan dos debates en la Cámara de Representantes.

Son más de 90 artículos que fueron aprobados en la plenaria del Senado de la República. La reforma propone acabar la competencia entre Colpensiones y los fondos privados y, por el contrario, crea un sistema de pilares.

“Lo que propone el Gobierno nacional es que toda persona que gane menos de 2.3 salarios mínimos, tiene obligatoriamente que hacer esa cotización a Colpensiones y aquellos que ganen por encima de 2.3 salarios mínimos, tienen la facultad de elegir si continúan sobre ese tope cotizando en Colpensiones”, explicó Juan Mario Tobón, abogado de Tobón y Asociados.

Con esta reforma impulsada por el Gobierno nacional, no se eliminará del todo el actual régimen pensional, pues seguirá cobijando a los colombianos que cumplan ciertos parámetros.

“Para el momento en que esta nueva ley entre en vigencia, las mujeres que lleven cotizadas menos de 750 semanas pasarán a ser regidas por la ley que se está tratando de aprobar, y en los hombres esas semanas son de 900 o ese límite son de 900 semanas”, indicó Tobón.

Algunos gremios expresaron su preocupación por la aprobación de esta reforma en el Senado, alegando que esta pone en juego la pensión de los jóvenes del país.

“Un proyecto de reforma que pone en juego las pensiones de los jóvenes de Colombia, que adicional pone en riesgo los 405 billones de ahorro de los colombianos en las pensiones”, aseguró Jaime Alberto Cabal, presidente de Fenalco.

El proyecto de reforma pensional deberá surtir otros dos debates en la Cámara de Representantes para ser aprobado. Luego de surtir todos los trámites, entraría en vigencia el 01 de julio de 2025.

Nueva propuesta del presidente Petro

El presidente Gustavo Petro dijo que propondrá a la Cámara de Representantes subir el umbral de cotización de 2,3 a 4 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Esto significaría, de ser aprobada esta propuesta, que las personas que devenguen hasta 4 salarios deberán cotizar en Colpensiones y quienes devenguen más de 4 salarios mínimos cotizarán hasta este umbral en Colpensiones y el salario restante podrá ser cotizado en un fondo privado.

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