El proyecto plantea cárcel para quien utilice biopolímeros.
Con la iniciativa se busca sancionar severamente la utilización de los biopolímeros en procedimientos estéticos.
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La Comisión primera del Senado, aprobó en tercer debate el proyecto de ley por medio de la cual se penaliza el uso de sustancias modelantes invasivas e inyectables no permitidas, conocidas como biopolímeros.
Con esta ley se pretende regular el uso, comercialización y aplicación de algunas sustancias modelantes (biopolímeros); se establecen medidas a favor de las personas víctimas de procedimientos médicos quirúrgicos con fines estéticos, que involucran la aplicación no permitida de dichas sustancias, y se promueven estrategias preventivas en la materia.
El único ponente del proyecto, fue el senador Carlos Fernando Motoa Solarte, del partido Cambio Radical.
Este proyecto, ya había hecho tránsito por la cámara de representantes, con una votación unánime y fue promovido por la senadora Norma Hurtado Sánchez del Partido de la U, y la colectividad de Cambio Radical.
El senador Carlos Motoa, presentó los cuatro puntos que componen este proyecto de ley, que, previamente aprobado por la Cámara de Representantes:
- Creación de un tipo penal de lesiones personales.
- Regular el uso, comercialización y aplicación de sustancias modelantes (biopolímeros).
- Medidas de protección y reparación a las víctimas.
- Estrategias de prevención.
La senadora Norma Hurtado, en su intervención, resaltó la importancia de este proyecto de ley.
“Este proyecto surge del clamor de muchísimas mujeres, y un grupo importante de cirujanos plásticos del país, ya que al tratarse de procedimientos de belleza, el sistema de salud no lo cubre y solo quienes cuentan con los recursos pueden extraer la sustancia", dijo la senadora Hurtado.
El senador Germán Blanco, del Partido Conservador, solicitó que cuando los daños afecten el rostro, las penas aumentarán de una tercera parte a la mitad, así:
“Lesiones con sustancias modelantes no permitidas. El que inyecte o infiltre en el cuerpo de otra persona sustancias modelantes no permitidas, incurrirá en prisión de 20 a 110 meses, y multa de 100 a 200 salarios mínimos legales vigentes. Si la conducta fuera cometida por un profesional de la salud, la pena será de 50 a 150 meses, multa de 200 a 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes, y la inhabilidad para el ejercicio de su profesión por un término de 120 meses. Si la conducta descrita previamente genera un daño a la salud mental o física del sujeto pasivo, la pena será de 96 a 180 meses de prisión, y la multa de 33.33 a 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Si las conductas descritas previamente se cometieran en menores de 18 años, mediante engaño sobre productos o afectar el rostro, las penas aumentaran de una tercera parte a la mitad”.
Ha sido aprobado en primer debate con nuestra ponencia el Proyecto #SinBiopolímerosSinVíctimas.
Gracias a los integrantes de @PrimeraSenado, a la senadora @normahurtados y muy especialmente a @Eliloaiza y a @LoreBeltran por ser la voz de las víctimas. pic.twitter.com/FDuj2Q1bmR— Carlos Fernando Motoa (@senadormotoa) November 15, 2022