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Arrendatarios no podrán ser desalojados durante cuarenta nacional

Arrendatarios no podrán ser desalojados durante cuarenta nacional

Foto: Cortesía 

 

Buscando garantizar que todos los colombianos permanezcan en sus casas, el Ministerio de Vivienda informó que por motivo de la contingencia por el Coronavirus, fueron fijadas 4 medidas relacionadas con el alquiler de viviendas y locales comerciales arrendados por pequeñas empresas.

Para atender las afectaciones económicas de la emergencia por COVID-19, en las últimas horas, el Ministerio de Vivienda anunció 4 nuevas medidas para los arrendatarios de vivienda, micro, pequeñas y medianas empresas.

  1. Durante la emergencia y hasta por dos meses más, bajo ninguna circunstancia está permitido el desalojo de familias que estén en arriendo.
  2. Mientras dure la crisis por la pandemia, no se pueden aumentar los cánones de arrendamiento, es decir, no se puede subir el costo del arriendo así lo tengan contemplados los contratos previamente firmados.
  3. No se podrán cobrar intereses ni penalidades por mora.
  4. Los contratos de arrendamiento que tengan fecha de vencimiento durante la emergencia serán prorrogados automáticamente hasta que finalice la misma. 

Según el Gobierno Nacional, actualmente el 82 % de los arrendatarios del país están en los estratos 1, 2, 3  y el 52 % de los alquileres son informales.